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Normativa tributaria que rige los proyectos inmobiliarios afectos a IVA.

Oficio 2063, de 9 de agosto de 2021, Servicio de Impuestos Internos.

La Inmobiliaria, como vendedor habitual de inmuebles, a contar del 01 de enero de 2016 por aquellas operaciones que no pudieron calificar como exentas por el artículo 7° transitorio de la Ley N° 20.780 y que tampoco han sido financiadas total o en parte por un subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo de acuerdo al artículo 12, letra F), de la LIVS, debe acogerse a las disposiciones generales de la LIVS, quedando gravadas con IVA.


Ver Documento [PDF] Oficio 2063, SII

JURISPRUDENCIA TRIBUTARIA - Normativa tributaria que rige los proyectos inmobiliarios afectos a IVA.
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