Búsqueda

Arquitecto reclamante no debe ser notificado cuando titular se desiste de proyecto de construcción.

Rol 59.586-2020, de 17 de noviembre de 2020, Corte Suprema de Justicia.

"… cuando el titular del proyecto lo retira o se desiste del mismo, de conformidad con el derecho que le asiste de acuerdo a la reglamentación especial que rige la materia, el reclamante no ha tenido por qué ser notificado ya que no reviste la calidad de titular y, por ende, de afectado." (Corte Suprema, considerando 6º).


Ver Documento [PDF] Rol 59.586-2020

JURISPRUDENCIA JUDICIAL - Arquitecto reclamante no debe ser notificado cuando titular se desiste de proyecto de construcción.
Anuncios