Conforme a las facultades establecidas en el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), se ha estimado necesario emitir la presente circular en atención a diversas consultas relacionadas con la aplicación de los incisos vigésimo, vigésimo primero, vigésimo segundo y vigésimo tercero del artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) relativos a terrazas, elementos exteriores ubicados en la parte superior de los edificios y pisos mecánicos, a la luz de las modificaciones introducidas por el Decreto Supremo N° 58 (V. y U.), publicado en el D.O. el 28.02.2019.