El presente "Reglamento de la ley que permite la postergación de cuotas de créditos hipotecarios y crea la garantía estatal para caucionar cuotas postergadas", en adelante el "Reglamento", tiene por objeto regular las distintas materias indicadas en el artículo 9° de la ley Nº 21.299, que permite la postergación de cuotas de créditos hipotecarios y crea la garantía estatal para caucionar cuotas postergadas, en adelante también la "Ley", consistentes en las demás características, plazos y condiciones del crédito de postergación, del mandato regulado en los artículos 1 y 3 de la Ley, en adelante también el "mandato de postergación", de los contratos referidos en el inciso tercero del artículo 4 de la Ley, del pago del crédito hipotecario, del consentimiento de los terceros, y de la inscripción al que se refiere el artículo 6 de la Ley