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Tributación empresas de servicios de sondaje.

Oficio 2.469, de 2 de noviembre de 2020, Servicio de Impuestos Internos.

El criterio contenido en Oficio N° 429 de 1981 se mantiene vigente, en términos que todas las actividades involucradas en la prestación del servicio de sondaje en el ámbito de la minería, se encuentran afectas a IVA, de forma tal que el servicio, como un todo, se afecta con el tributo en comento, atendido que la remuneración que se percibe por ellas retribuye, conforme al Oficio N° 429 de 1981, "trabajos propios de la actividad principal que es la perforación o sondaje minero y se hallan por consiguiente, incluidas en el N° 3, del artículo 20, de la Ley de Impuesto a la Renta"


Ver Documento [PDF] Oficio 2.469, D.O.

NORMATIVA TRIBUTARIA - Tributación empresas de servicios de sondaje.
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