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Concepto de domicilio para aplicar la exención establecida en el artículo 11 de la Ley N° 18.392 a empresas constructoras.

Oficio 930, de 15 de mayo de 2020, Servicio de Impuestos Internos.

Se ha solicitado a esta Dirección Nacional un pronunciamiento sobre el concepto de domicilio y residencia utilizado por el artículo 11 de la Ley N° 18.392, respecto de las empresas constructoras que se adjudiquen las licitaciones llamadas por el MOP para la construcción de infraestructuras en el territorio señalado en el artículo 1° de la Ley N° 18.392 que establece un régimen preferencial aduanero y tributario para el territorio de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ubicado dentro de los límites que menciona.


Ver Documento [PDF] Oficio 930, SII

JURISPRUDENCIA TRIBUTARIA - Concepto de domicilio para aplicar la exención establecida en el artículo 11 de la Ley N° 18.392 a empresas constructoras.
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