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Reglamento del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda.

Decreto 48, D.O. de 8 de enero de 2020, Ministerio de Vivienda y Urbanización.

23/01/2020

Los beneficiarios de los llamados especiales destinados a la atención de adultos mayores del Programa de Subsidio de Arriendo regulado por este decreto, realizados o que se realicen en los años 2018 y 2019, podrán destinar el subsidio adicional a que se refiere el artículo 50 bis, indistintamente a financiar los gastos operacionales como la prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social, para la ejecución de todos los trámites legales, técnicos y administrativos que se requieran, la suscripción del contrato correspondiente y el pago del subsidio respectivo.


Ver Docuento [PDF] Decreto 48, D.O.

NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS - Reglamento del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda.
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