07/09/2018
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), y en atención a diversas consultas recibidas sobre la validez de los incentivos y condiciones establecidos en los instrumentos de planificación territorial a la luz de lo establecido en el artículo quinto de la Ley 21.078, que modifica la LGUC, se ha estimado necesario emitir la presente circular que aclara y complementa lo señalado por esta División en el punto 6 de la Circular Ord. N°151 DDU 405, del 9 de marzo de 2018, como se señalará a continuación. 2. Que, con fecha 15 de febrero del año en curso, fu e publicada en el diario oficial la Ley 21. 078, sobre Transparencia del Mercado de Suelo e Impuesto al Aumento de Valor por Ampliación del Límite Urbano, estableciendo en su artículo transitorio que ésta comenzará a regir seis meses después de su publicación.