26/07/2018
Conforme lo que se ha venido razonando, resulta evidente que todas las alegaciones de la recurrente descansan más bien en la disconformidad con el valor que asignaron los sentenciadores a la prueba rendida en la causa, lo que claramente no es abordable a través de la causal de nulidad esgrimida toda vez que sus cuestionamientos esenciales dicen relación con el alcance y sentido que corresponde conferir a la prueba rendida en el proceso, actividad que se agotó con la determinación que a este respecto hicieron correctamente los jueces del fondo, por lo que la denuncia a este respecto no podrá prosperar." (Corte Suprema, considerando 16º).