De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° de las disposiciones transitorias de la Ley N° 21.052 que establece diversas modificaciones a la Normativa Educacional, por el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y en especial por lo establecido en el artículo 1.4.3. de su Ordenanza General, que entrega al Ministerio de Vivienda y Urbanismo la potestad para elaborar los formularios únicos nacionales para las actuaciones ante las Direcciones de Obras Municipales (DOM), se adjuntan los formularios para tramitar expedientes que se acojan a las disposiciones establecidas en la Ley N° 21. 031, que establece un procedimiento simplificado para la regularización de edificaciones de Bomberos de Chile, y la mencionada Ley N° 21.052, en especial respecto de lo señalado en los artículos tercero y cuarto de las Disposiciones Transitorias de dicha ley.
Circular 65 (DDU 399), de 8 de febrero de 2018, División de Desarrollo Urbano.
DDU 399
CIRCULAR ORD. N° 65
MAT.: Distribuye formularios Únicos Nacionales para aplicación de la Ley N°21.031, que establece un procedimiento simplificado para la regularización de edificaciones de Bomberos de Chile, y la Ley N° 21.052, que establece diversas modificaciones a la normativa educacional.
LEYES DE REGULARIZACION. LEY N°21.031 Y LEY N° 21.0S2. FORMULARIOS ÚNICOS NACIONALES.
SANTIAGO, 08 FEB. 2018
A: SEGÚN DISTRIBUCIÓN.
DE: JEFE DIVISIÓN DE DESARROLLO URBANO.
1. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° de las disposiciones transitorias de la Ley N° 21.052 que establece diversas modificaciones a la Normativa Educacional, por el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y en especial por lo establecido en el artículo 1.4.3. de su Ordenanza General, que entrega al Ministerio de Vivienda y Urbanismo la potestad para elaborar los formularios únicos nacionales para las actuaciones ante las Direcciones de Obras Municipales (DOM), se adjuntan los formularios para tramitar expedientes que se acojan a las disposiciones establecidas en la Ley N° 21. 031, que establece un procedimiento simplificado para la regularización de edificaciones de Bomberos de Chile, y la mencionada Ley N° 21.052, en especial respecto de lo señalado en los artículos tercero y cuarto de las Disposiciones Transitorias de dicha ley.
2. Los citados formularios se agregan a los existentes en un nuevo grupo denominado " Grupo 13" Formularios de regularización Ley N°21.031 y Ley N° 21. 052, según el siguiente detalle:
FORMULARIO 13.1 Solicitud de Permiso de Edificación y/o Recepción Definitiva simultánea de edificaciones destinadas a los fines de Bomberos de Chi le, acogida a la Ley N°21.031).
A ser utilizado para Solicitudes de Regularización de Edificaciones destinadas a los fines propios de Bomberos de Chile (Permiso de Edificación y Recepción Definitiva simultánea) según señala el artículo único de la Ley N° 21. 031.
FORMULARIO 13.2 Certificado de Regularización de Edificación destinada a los fines de Bomberos de Chile, acogida a la Ley N°21.031.
A ser utilizado para Certifica do de Regularización de edificaciones destinadas a los fines propi os de Bomberos de Chile (Permiso de edificación y Recepción definitiva simultánea) según indica el artículo único de la Ley N° 21.031.
FORMULARIO 13.3 Solicitud de Permiso de Edificación y/o Recepción Definitiva simultánea, destinada a estable cimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, o de educación parvularia financiados con aportes regulares del Estado para su operación y funcionamiento, ambos señalados en la Ley N°21.052.
A ser utilizado para Solicitudes de Regularización (Permiso de edificación y Recepción definitiva simultánea) de edificaciones destinadas a establecimientos educacionales seña lados en el artículo tercero transitorio de la Ley N°21.052.
FORMULARIO 13.4 Certificado de Regularización de Edificación destinada a establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, o de educación parvularia financiados con aportes regulares del Estado para su operación y funcionamiento, ambos señalados en la Ley N°21.052.
A ser utilizado para Certificados de Regularización de edificaciones destinadas (Permiso y Recepción definitiva simultánea ) de edificaciones destinadas a establecimientos educacionales señalados en el artículo tercero transitorio de la Ley N° 21. 052.
Saluda atentamente a Ud.,
JORGE ALCAINO VARGAS
Jefe de división de Desarrollo Urbano (S)
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