Normas

Aplicación del artículo 140° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), se ha estimado necesario emitir la presente circular para impartir instrucciones, en atención a diversas consultas que ha recibido esta División relacionadas con la juridicidad de una serie de exigencias para los proyectos de construcción, por parte de algunas municipalidades que implicarían mayores requisitos y restricciones que los considerados en la normativa urbanística, al alero de lo que se ha denominado como "Tratamiento de Espacio Público" (TEP).

Circular 413 (DDU 528), de 26 de septiembre de 2025, División de Desarrollo Urbano.

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