Normas

Infraestructura de Transporte: Caletas Artesanales

El documento es una circular emitida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Chile (DDU 524) que establece instrucciones sobre la necesidad de permisos de edificación para proyectos de caletas pesqueras artesanales y sus obras conexas. Se concluye que estas edificaciones, al ser consideradas infraestructura de transporte y ejecutadas por el Estado, no requieren permiso de edificación según el artículo 116º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). ​ Sin embargo, deben cumplir con el resto de la normativa aplicable. Además, se detalla que las caletas pesqueras incluyen actividades productivas, comerciales y culturales relacionadas con la pesca artesanal, y que las actividades conexas son indispensables para estas faenas.

Circular 171 (DDU 524) de 7 de mayo de 2025, División de Desarrollo Urbano​.

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