Normas

Momento en que se genera el derecho a crédito fiscal en la compra de inmuebles

La parte final del inciso segundo del artículo 55 de la LIVS dispone que, en el caso de la venta de bienes inmuebles, la factura deberá emitirse en la fecha de suscripción de la escritura de compraventa por el precio total, incluyendo las sumas pagadas previamente que se imputen al mismo a cualquier título.

Por tanto, el período en que se tiene derecho al IVA crédito fiscal en la venta de inmuebles, es aquel en que se emite la factura respectiva, lo cual debe ocurrir al momento de suscripción de la escritura de compraventa.

Oficio 371, de 14 de febrero de 2025, Servicio de Impuestos Internos​.

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