Normas

Error al facturar avances de obras de contrato de construcción de viviendas beneficiado con exención de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios

Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre la forma de corregir error al facturar con IVA avances de obras correspondientes a contrato general de construcción de viviendas, beneficiado con la exención de la letra F del artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios habilitará para utilizar el beneficio.

Respecto de lo consultado, se informa que: 1) No competente a este Servicio pronunciarse sobre la forma en que las partes determinen subsanar financieramente posibles diferencias en sus contratos, así como tampoco sobre el alcance de las instrucciones impartidas por otros órganos del Estado. 2) Sin perjuicio de lo anterior, para regularizar tributariamente la operación descrita en su consulta, ha de estarse a lo señalado en el cuerpo de este oficio.

Oficio 316, de 7 de febrero de 2024, Servicio de Impuestos Internos.

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