Crédito especial de constructoras en caso de modificaciones al permiso de edificación
La modificación al permiso municipal de edificación producto de la sola circunstancia de alterar parcialmente el lugar donde se emplaza el inmueble, por causa no imputable al contribuyente, manteniéndose la cantidad y calidad de viviendas que se autorizó construir originalmente, no constituye un cambio sustancial que implique una nueva construcción para efectos de la aplicación de esta norma4 . Luego, el peticionario puede acogerse al CEEC de manera íntegra, de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo quinto transitorio de la Ley N° 21.420