Normas

Crédito especial de empresa constructora.

Oficio 2.595, de 4 de octubre de 2023, Servicio de Impuestos Internos.

Tratándose de los contratos de venta de bienes corporales inmuebles para habitación construidos al amparo de un permiso municipal de edificación solicitado con anterioridad al 30 de abril de 2023, como sería el caso consultado, para impetrar el beneficio del CEEC deberán concurrir los siguientes requisitos: a) Tratarse de una venta sobre un bien corporal inmueble para habitación cuyo valor no exceda de 2.000 UF o de 2.200 UF en el caso de ventas de viviendas que se encuentren exentas de IVA por aplicación de la letra F del artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios; en ambos casos con un tope de 225 UF por unidad de vivienda; y, b) Haber solicitado el respectivo permiso municipal con anterioridad al 30 de abril de 2023.

Oficio 2.595, de 4 de octubre de 2023, Servicio de Impuestos Internos.


Ver Documento [PDF] Oficio 2.595, de 4 de octubre de 2023.Oficio 2.595, de 4 de octubre de 2023.

NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS - Crédito especial de empresa constructora.
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