Conforme a las facultades establecidas en el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), Y. en atención a diversas consultas recibidas sobre la aplicación de rasantes y distanciamientos respecto de sitios resultantes de un condominio tipo B, se ha estimado necesario emitir la presente circular con el objeto de modificar y concordar la Circular Ord. Nº 1065, de fecha 26.12.2007, DDU 192, y Circular Ord. Nº 0199, de fecha 30.05.207, DDU 353.