Define condiciones operativas excepcionales para la aplicación práctica de subsidios obtenidos mediante los llamados a postulación efectuados entre los años 2020 y 2022 por el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el decreto Nº 27, de 2016, y entre los años 2016 y 2022, por el Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el decreto Nº 10, de 2015; así como por las resoluciones Nº 1.237, de 2019 y Nº 3.131, de 2016, que regulan, respectivamente, la asistencia técnica y la fiscalización técnica de obras a dichos programas.