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Régimen tributario de los intereses del “fondo de Reserva” que mantienen los condominios por aportes de los copropietarios.

Oficio 1986, de 27 de julio de 2019, Servicio de Impuestos Internos.

08/08/2019

El régimen tributario de los intereses del fondo de reserva, constituido por los aportes de los copropietarios, incluyendo las multas e intereses que éstos deben pagar, que se perciban, devenguen o atribuyan, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación, no se encuentran comprendidos en el concepto de renta contenido en la Ley sobre Impuesto a la Renta, y en consecuencia no se encuentran gravados con los impuestos anuales a la renta. Asimismo, los intereses o rentas provenientes de los instrumentos de renta fija, a que se refiere las letras a) a la h) del N° 4, del artículo 39° de la Ley sobre Impuesto a la Renta.


Ver Docuento [PDF] Oficio 1986, SII

NORMATIVA DE LA CONSTRUCCION - Régimen tributario de los intereses del “fondo de Reserva” que mantienen los condominios por aportes de los copropietarios.
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